Nüremberg fue la referencia

18/Mar/2013

El Observador

Nüremberg fue la referencia

JUICIOS A NAZISLos juicios contra los nazis sirvieron de modelo para juzgar delitos del pasado
Tras la Segunda Guerra Mundial, los Aliados que resultaron victoriosos iniciaron lo que se conoció como los juicios de Nüremberg, una ciudad alemana, para sancionar a los dirigentes y colaboradores de Adolf Hitler por los crímenes cometidos por el régimen nazi (1939-1945).Los juicios de Nüremberg fueron dirigidos por el Tribunal Militar Internacional en contra de los principales dirigentes del gobierno nazi, secretarios de Estado, generales del Ejército y organizaciones pronazis. Los delitos imputados a los acusados fueron: crímenes de guerra; contra la humanidad por el genocidio; y guerra de agresión. En el juicio se acusó a 24 jerarcas nazis.Los fallos determinaron 11 condenas a muerte que se concretaron por ahorcamiento; tres condenas fueron a cadena perpetua y la cumplieron hasta su muerte, dos sentencias fueron a 20 años de prisión, una a 15 años y otra a 10 años. De los condenados a prisión, cuatro la cumplieron por todo el plazo y los restantes fueron liberados antes. La mayoría de los inculpados –salvo tres- no expresaron remordimiento alguno por lo hecho.Luego de Nüremberg hubo otros procesos judiciales que se realizaron en Estados Unidos.
La mayoría de los jueces penales que procesaron militares en Uruguay se basaron en los fallos de Nüremberg para sostener el concepto de que los hechos del pasado tienen que ser juzgados por tratarse justamente de crímen contra la humanidad.En la sentencia de condena al exdictador Gregorio Álvarez, el juez Luis Charles escribió: “la Carta del Tribunal Militar Internacional que funcionó en Nüremberg y al Acuerdo de Londres de 8 de agosto de 1945, donde se definieron los actos que se consideraban crímenes sujetos a la jurisdicción del Tribunal, clasificándolos en tres categorías (art.6): “crímenes contra la paz”; “crímenes de guerra” y “crímenes contra la humanidad”.“Las conductas de quienes cometieron tales crímenes deben ser analizadas a la luz de todo el ordenamiento jurídico, incluyendo dentro de éste, a las normas de derecho penal internacional ya mencionadas, en las cuales se ha evidenciado la voluntad de la comunidad internacional por perseguir y sancionar, por lo menos desde la instauración de los Tribunales de Nüremberg de post- guerra, esta clase de delitos contra la humanidad”, dijo Charles.También el juez Juan Carlos Fernández Lecchini al dictar el procesamiento del policía Ricardo Zabala por la muerte del maestro Jullio Castro, destacó que “existe jurisprudencia que sostiene que los delitos de lesa humanidad son tipificables hoy a pesar de no estar escrito en la década de los setenta.“Los juicios de Nüremberg y Tokio marcan uno de los ejemplos (…) porque los tipos penales que se aplicaron a los perdedores no estaban escritos previamente”, señaló el juez.Sin embargo, esa posición fue rebatida por la Suprema Corte de Justicia al declarar inconstitucional la ley interpretativa de la Caducidad y plantear que los delitos de la dictadura no pueden considerarse de lesa humanidad por mandato constitucional.
Un cambio
Esta semana se conoció un fallo del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, creado por las Naciones Unidas, que absolvió al general Momcilo Perisic, ex jefe de Estado Mayor del ejército serbio, de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra por los que había sido condenado en primera instancia a 27 años de prisión en carácter de partícipe. Según informó La Nación el lunes 11, la sala de apelación emitió un fallo que seguramente tendrá efectos en todo el mundo respecto a los juicios por hechos del pasado. La sentencia ordenó la libertad del acusado al señalar que la figura de la participación exige, indefectiblemente, que exista una acción que esté “direccionada específicamente” a la comisión de delitos de lesa humanidad. Según el tribunal, es necesario que haya conocimiento pleno por parte del presunto partícipe de que la ayuda o colaboración que presta.