Normas jurídicas indefensas ante el relato de odio

21/Ago/2026

Dr. Eduardo Kohn/Radio Jai

 

 

En su nueva columna, el Dr. Eduardo Kohn analiza el choque entre el Derecho Internacional y los relatos políticos que, al margen de las pruebas y de las decisiones judiciales, terminan imponiendo condenas en el discurso público. El autor advierte sobre las consecuencias de esa narrativa, especialmente cuando convierte la acusación en una herramienta de estigmatización y alimenta el antisemitismo y la violencia contra las comunidades judías.

 

El 26 de enero de 2024, la Corte Internacional de Justicia emitió una primera (y única hasta ahora) opinión referente al proceso que Sudáfrica inició contra Israel un mes antes, acusando de violaciones a la Convención sobre Genocidio por parte de Israel en Gaza. Sería oportuno recordar que, en esa fecha de enero de 2024, no sólo todavía humeaban las viviendas y los restos de los ciudadanos israelíes masacrados el 7 de octubre, sino que además había decenas y decenas de secuestrados violados, torturados y ejecutados en los túneles de Gaza.

 

A la Corte, con dos excepciones, no le preocupó ni el contexto ni fundamentalmente que el ataque de Hamas en territorio israelí había sido una clara demostración de la definición de intención genocida, declarado por los propios asesinos y sus líderes refugiados en Qatar. La Corte no concluyó en un fallo, algo que podrá suceder en mucho tiempo por la lentitud con la que se maneja este organismo, o directamente podría no suceder nunca. O sea, no hay un fallo que acepte o rechace la acusación sudafricana, y, por ende, las diatribas sobre genocidio son eso, diatribas, lanzadas desde oficinas de la ONU por empleados que, si tuvieran las pruebas que se requieren para fundamentar sus exabruptos, hoy, 3 años después del 7/10, deberían haberlas presentado. Y a estos funcionarios se les unió la política, entendida en este caso, como instrumento de incitación al odio que genera violencia contra los judíos en todo el mundo y no ha resuelto nada sobre las consecuencias de la guerra en Gaza, salvo nombrar a un grupo burocrático que esta semana dijo que creen que Hamas se desarmará el mes que viene.

 

La Corte entendió que tenía elementos suficientes para establecer prima facie la existencia de una controversia entre las partes (Sudáfrica e Israel) relativa a la interpretación, aplicación o cumplimiento de la Convención sobre el Genocidio.

 

En cuanto a si los actos denunciados por el demandante podrían estar comprendidos en las disposiciones de la Convención, la Corte aceptó que quizás algunos sí. Opinión y no un fallo otra vez.

 

La Corte recordó que la facultad que le confiere el art. 41 del Estatuto para indicar medidas provisionales tiene por objeto preservar los derechos invocados por las partes en un asunto hasta que se emita un pronunciamiento sobre el fondo. Sólo puede ejercer esta facultad si tiene la certeza de que los derechos invocados son al menos plausibles.

 

En el voto en disidencia, la jueza ugandesa Julia Sebutinde señaló que no debía asumirse o concluirse que, por ordenar medidas provisionales, la Corte ya había determinado la vulneración por parte de Israel de sus obligaciones en virtud de la Convención sobre el Genocidio, como tampoco que la Corte ya había determinado su propia competencia para conocer de los reclamos de Sudáfrica sobre el fondo o que ya había considerado admisibles los reclamos, sino que ambas cuestiones habrían de determinarse en una fase posterior, después de que Sudáfrica e Israel hubieran tenido la oportunidad de presentar sus alegaciones.

 

En cuanto a la controversia entre el Estado de Israel y el pueblo de Palestina en particular, Sebutinde expresó que no se trata de una controversia susceptible de solución judicial. En cuanto a la jurisdicción de la Corte para entender del asunto, indicó que no se cumplían algunas de las condiciones previas para que se ordenaran medidas provisionales y dijo que Sudáfrica no había demostrado, ni siquiera prima facie, que los actos supuestamente cometidos por Israel se hubiesen llevado a cabo con intención genocida y que, en consecuencia, pudieran recaer en el ámbito de aplicación de la Convención sobre el Genocidio, y en consecuencia, los derechos reivindicados por Sudáfrica no resultan plausibles en virtud de la Convención. Puntualizó la inexistencia de la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal. Recordó que Israel mantenía un conflicto armado con Hamas en respuesta al ataque de Hamas contra objetivos militares y civiles israelíes, y que las operaciones militares israelíes dirigidas contra miembros de Hamas y otros grupos armados que operan en Gaza, a diferencia de la conducta destinada a causar daño a la población civil de Gaza, no entran en el ámbito de las obligaciones de Israel en virtud de la Convención sobre el Genocidio.

 

Con respecto a la competencia prima facie de la Corte, el juez ad hoc para esta demanda, Aharon Barak, ex presidente de la Suprema Corte de Justicia de Israel, puso en duda que Sudáfrica hubiera presentado la controversia de buena fe. Señaló que, después de que Sudáfrica hubiera enviado una nota a Israel el 21 de diciembre de 2023 relativa a la situación en Gaza, Israel había respondido con una oferta para entablar consultas a la mayor brevedad posible y que Sudáfrica, en lugar de aceptar la oferta, que podría haber conducido a conversaciones diplomáticas fructíferas, decidió iniciar un procedimiento contra Israel ante la Corte.

 

Sobre la demanda sudafricana han opinado muchos gobiernos. Aún habiendo atacado a Israel en su derecho de defensa, aún habiendo hecho declaraciones excedidas de adjetivos, pero que fueron huecas porque no resolvieron nada de lo que ha sucedido y sucede en el terreno, algunos de los países que tienen atrapado al multilateralismo en un Consejo de Seguridad que no actúa hace mucho de acuerdo a sus mandatos no disintieron ni con la Jueza Sebutinde, ni con el hecho de que la Corte Internacional haya apenas expresado sus dudas plausibles sobre la pretensión e intención sudafricana.

 

El presidente francés, Emmanuel Macron, preguntado específicamente si Francia considera que las acciones de Israel en Gaza son un genocidio, contestó: “No, no calificamos lo que está sucediendo de genocidio porque esto no es solo una declaración política. Solo los jueces o los historiadores pueden reconocer algo como genocidio basándose en un conjunto de pruebas, una base jurídica clara y elementos evidentes”.

 

El canciller alemán Friedrich Merz y su gabinete han manifestado de manera reiterada que no consideran que el proceder de Israel en Gaza constituya un genocidio, y han señalado que esperan un dictamen formal de la Corte Internacional de Justicia.

 

El gobierno del Reino Unido ha declarado formalmente que no considera que las acciones de Israel en Gaza constituyan un genocidio, subrayando que la determinación de crímenes de guerra o de lesa humanidad corresponde exclusivamente a los tribunales internacionales competentes y no a valoraciones políticas directas.

 

China no ha utilizado el término genocidio para calificar las acciones militares de Israel en Gaza, argumentando que dicha acusación requiere una investigación exhaustiva y hechos verificados.

 

Todos estos gobiernos, incluso con cambios en estos años como en el Reino Unido, se han enfrentado al gobierno de Israel por las consecuencias muy desgraciadas que ha traído a toda la región la guerra iniciada por Hamas el 7/10. Lo que no han hecho es incitar al odio contra las poblaciones judías locales haciendo acusación de la máxima estigmatización que, hechas por las izquierdas europeas y latinoamericanas, no ha tenido desenlaces en Israel obviamente, sino en París, Londres, Madrid, etc. con judíos agredidos y golpeados, escuelas y edificios vandalizados. Decir que la crítica es contra el gobierno de Israel desde Brasilia, Montevideo, Barcelona, universidades norteamericanas, o la alcaldía de Nueva York, es un argumento falaz que sólo pretende ocultar el antisemitismo que genera. ¿Qué han hecho Sánchez o Mamdani, pero hecho en serio, para evitar la mayor ola de antisemitismo desde el Holocausto, en sus países y ciudades? La respuesta es corta: han seguido hablando de un genocidio que no ha sido determinado por la Corte Internacional de Justicia. Se sienten superiores al Derecho Internacional y con su soberbia minan lo poco que va quedando de estructuras creadas para traer convivencia mundial y que hoy son pisoteadas como diarios viejos.

 

El presidente del Frente Amplio, el partido que gobierna Uruguay, ha reiterado estos días, que a su partido “le duele” que el presidente de Uruguay, o sea, el poder ejecutivo, no haya expresado nunca que ha habido un genocidio en Gaza. Da por sentado lo que no está probado, reprocha a su propio presidente del país, y advirtió: “Que nadie nos trate de antisemitas por esto. Estamos contra el Sr. Netanyahu y su gobierno, no contra los judíos uruguayos”. Los acosos a niños de escuelas judías, la virulencia verbal de la academia que echa de facto a los estudiantes judíos que no soportan tanto odio, las vandalizaciones de instituciones, sinagogas, el cementerio, la apología al nazismo en espectáculos públicos hechas con total impunidad, todo eso sucede en Uruguay como consecuencia de la incitación. No en Israel a quien dicen condenar. Lo que condenan es la convivencia ciudadana, como lo han hecho los Lula latinoamericanos, los Sánchez europeos. Lo del título: al relato no le interesa las normas jurídicas. El relato instala que la víctima es el victimario. Y si no es suficiente, agrega violencia.