Llamado a representantes de la sociedad civil en la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda forma de Discriminación (CHRXD)

24/Abr/2023

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Educación y Cultura

El presente llamado se realiza con el objetivo de designar a las personas que integrarán la CHRXD en calidad de representantes de Organizaciones No Gubernamentales. Hay plazo de presentar las propuestas hasta el 31 de mayo.

Instituciones convocantes

Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación (CHRXD)

Bases para proponer candidaturas de representantes de Organizaciones No Gubernamentales a la CHRXD

Antecedentes

La Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación (CHRXD) fue creada en 2004, por Ley Nº 17.817, con el objetivo de proponer políticas nacionales y medidas concretas para prevenir toda forma de discriminación. Está formada por representantes de: Ministerio de Educación y Cultura, que la preside; Ministerio del Interior; Ministerio de Desarrollo Social; Consejo Directivo Central de la ANEP; Ministerio de Relaciones Exteriores y tres representantes de Organizaciones No Gubernamentales, designados por el Presidente de la República.

Entre las principales competencias de la CHRXD, se destacan: analizar la realidad nacional en materia de discriminación; informar a la opinión pública; llevar un registro de conductas discriminatorias; brindar asesoramiento integral y gratuito a personas o grupos que se sientan discriminados; discernir un Premio Anual a favor de personas o instituciones que se hayan destacado en la lucha contra la discriminación, y promover estudios, concursos e investigaciones relacionados con su competencia.

Objeto del llamado

El presente llamado se realiza con el objetivo de designar a las personas que integrarán la CHRXD en calidad de representantes de Organizaciones No Gubernamentales, en cumplimiento del literal E, del art. 6 de la Ley Nº 17.817.

Disposiciones del llamado

1 A los efectos de lo dispuesto por el literal E, del art. 6 de la Ley Nº 17.817, de 6 de setiembre de 2004, podrán proponer representantes todas las Organizaciones No Gubernamentales que cuenten con reconocida trayectoria en la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación.

2 Las designaciones de los/as representantes de las Organizaciones No Gubernamentales comprenderán una persona titular y dos suplentes (según el art. 2º del Decreto Reglamentario 152/006). Estos/as representantes, como la totalidad de quienes integran la CHRXD, durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos/as; en caso de sustitución, permanecerán en sus funciones hasta que asuma la persona sustituta, excepto en caso de incapacidad o renuncia (según el art. 8º de la Ley Nº 17.817).

3 Todas las propuestas presentadas por las Organizaciones No Gubernamentales mencionadas en el Punto 1, serán elevadas, en su original, al Sr. Presidente de la República.

4 Sin perjuicio de lo anterior, la CHRXD, en ejercicio de sus funciones, realizará un informe estableciendo un orden de prelación entre las personas propuestas conforme al Punto 1, como propuesta no vinculante dirigida al Sr. Presidente de la República. Dicho informe se elevará conjuntamente con todas las propuestas presentadas.

5 Para la confección del orden de prelación establecido en el artículo precedente, la CHRXD deberá tener en cuenta:

 

  1. De las organizaciones proponentes.

i Objeto y fines de la organización. Se valorará que en la definición de los objetivos de la organización proponente figure la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación.

ii Trayectoria. Se tendrá en cuenta la antigüedad de la organización, así como las actividades desarrolladas en la materia de competencia de la CHRXD acreditadas por la organización proponente.

iii Alcance geográfico. Se valorará la presencia en el territorio nacional de la organización, así como su pertenencia a instancias internacionales.

iv Forma de la organización. Se apreciará el grado de formalización de la organización, así como una estructura democrática y susceptible de contralor interno por órganos representativos de sus miembros.

v Alianzas entre organizaciones. Se apreciará aquellas propuestas de representantes que sean respaldadas por un mayor número de organizaciones que acuerden la candidatura.

  1. B) De la persona propuesta.

i  Trayectoria. Se considerará la trayectoria y experiencia de la persona en Organizaciones de la Sociedad Civil, particularmente en las áreas vinculadas a las materias objeto de la CHRXD.

ii Relación con organismos del Estado. Se valorará positivamente que las personas propuestas no cuenten con lazos contractuales de ningún tipo con el Estado, exceptuando la actividad docente.

iii Representatividad. Se considerará la manifestación expresa por parte de la persona propuesta, de que más allá de su eventual pertenencia a una determinada Organización No Gubernamental, representarán el interés general de la sociedad civil.

6 A los efectos de la presentación:

– 6.1 El Formulario necesario para la presentación de propuestas estará disponible, junto a las presentes Bases, en la página web del MEC – Dirección de Educación, y en los sitios web de las instituciones que conforman la CHRXD (Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Desarrollo Social, CODICEN-ANEP) y Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia de la República.

– 6.2 Deberá entregarse:

Formulario mencionado en Punto 6.1, completo y firmado por responsable/s de la/s Organización/es No Gubernamentales que proponen a la persona.

Currículum Vitae de la persona propuesta.

Carta de aceptación de postulación y de compromiso a cumplir con el literal B.iii del Punto 5, firmada por la persona propuesta (Modelo de Carta anexada al Formulario indicado en Punto 6.1).

Declaraciones juradas firmadas, una por la persona referente de la/s Organización/es No Gubernamentales que postulan al/la candidato/a a integrar la CHRXD, otra por la persona postulada. (Modelo de declaración jurada anexados al Formulario indicado en Punto 6.1).

7 El Tribunal que evaluará las propuestas y elevará un informe junto a las mismas al Presidente de la República, estará integrado por:

– Un representante del Ministerio de Educación y Cultura.

– Un representante del Ministerio del Interior.

– Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.

– Un representante del Ministerio de Desarrollo Social.

– Un representante de la Administración Nacional de Educación Pública – CODICEN.

8 Plazo de presentación de propuestas: 1 de abril 2023 al 31 de mayo 2023.

Lugar de recepción: Magallanes 1328 – Montevideo.

Días: martes, de 11:00 a 13:00 horas.

También podrá presentarse por correo electrónico toda la documentación solicitada en el Punto 6.2 firmada y escaneada al correo: comnodiscriminacion@mec.gub.uy

Período

Fecha comienzo: 01/04/2023

Fecha fin: 31/05/2023