Ley Uruguaya– 27 de Enero – Día de Recordación de las Víctimas del Holocausto del Pueblo Judío

26/Ene/2015

Ley Uruguaya– 27 de Enero – Día de Recordación de las Víctimas del Holocausto del Pueblo Judío

Ley Nº 18.768

El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea
General,

DECRETAN:

Artículo 1º.- Declárase
el 27 de enero de cada año «Día de Recordación de las Víctimas del
Holocausto», honrando la memoria y dignidad de las víctimas del pueblo
judío y otros colectivos.

Artículo 2º.- Se
considera de interés general que el sistema educativo, en homenaje a las víctimas
del Holocausto, proceda a divulgar el Programa Nº 60/7 de Naciones Unidas.

Artículo 3º.- Las
emisoras del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos y la
Televisión Nacional, destinarán en esa fecha parte de su programación a la recordación
de los hechos vinculados con el Holocausto.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores,
en Montevideo, a 15 de junio de 2011.

DANILO ASTORI,
Presidente.

Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CULTURA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 24 junio de
2011.

Cúmplase, acúsese recibo,
comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y
Decretos, la Ley por la que se declara el 27 de enero de cada año «Día de
Recordación de las Víctimas del Holocausto».

JOSÉ MUJICA.

RICARDO EHRLICH.

LUIS ALMAGRO.