“No oprimirás a mis hijas”

25/Nov/2013

Por Esc. Esther Mostovich de Cukierman*, gentileza para CCIU

“No oprimirás a mis hijas”

En el Día internacional de la no violencia contra la mujer, nos preguntamos: ¿Qué dice la Ley Hebrea sobre el tema? Me viene a la memoria una discusión del Talmud, Tratado Bava Metsia (1). Busco el texto y leo:Dice Rabí Papa: Si tu esposa es baja, inclínate y escucha su murmullo.Agrega Rabí Helbó: Uno debe cuidar de honrar a su mujer, porque sólo gracias a la esposa es bendecido el hogar del hombre (2).Dice Rab: ¡Debes tener cuidado de no ofender a tu esposa! Ella queda herida mucho más fácilmente que tu y sus lágrimas siempre están prontas.Según un midrash, (interpretación rabínica), Eva se sintió muy triste cuando el Señor le ordenó irse del Paraíso por haber comido la fruta del árbol prohibido. Perlas líquidas salieron entonces de los ojos de la primera mujer y resbalaron por sus mejillas. El Señor del Universo la miró asombrado. ¿Qué significaban esas gotas de agua? Comprendió que eran lágrimas. Y según el midrash, desde ese entonces, el Señor siente cada vez que una mujer llora.“No oprimirás a mis hijas” dice Labán cuando se despide de su yerno Jacob y le previene: “nadie está aquí con nosotros, pero el Señor es testigo entre tú y yo” (3). Pacto con que Labán, padre de Lea y Rachel, compromete a Jacob, que más tarde se llamará Israel, cabeza de las doce tribus del Pueblo de Israel. El Señor es testigo y esas palabras obligan a toda la descendencia del patriarca.El que contesta claramente la pregunta que inicia esta nota es Rabí Jacob ben Meir, mejor conocido como Rabenu Tam.  (Noreste de Francia, 1100- 1171). En unas de sus Responsa (consultas jurídicas) dice claramente “Golpear a una mujer es algo que no se hace en el pueblo de Israel”. Ninguna disposición de la Biblia, Talmud o decisiones de jurisprudencia posteriores, permite a un marido castigar a su esposa.Ya desde los tiempos antiguos, los rabíes son conscientes de que la violencia sobre la mujer se puede ejercer no solamente en forma física, sino sicológica. En el Tratado Eruvin (4), los rabíes declaran: “Al marido le está prohibido obligar a la mujer a cumplir su deber”. ¿A cuál deber se está refiriendo esa frase? Algunos opinan que se refiere al deber conyugal. El marido no puede obligarla. ¿Cómo tiene que proceder el marido? El ejemplo que dan los rabíes en esa página del Talmud es curioso:- Dice Rabí Iojanán: Si no hubiéramos recibido la Torá(Pentateuco), habríamos aprendido el decoro del gallo, que primero corteja a la gallina, antes de copular con ella.-¿Qué le dice el gallo a la gallina?, preguntan los demás rabíes.-Te compraré un vestido de plumas que te llegará hasta las patas, contesta Rab.-Y además le dice: que el gato le arranque la cresta al gallo que teniendo dinero, no te lo compre, contesta otra voz.¿Qué puede hacer el marido con una esposa a la que considera rebelde? Darle el divorcio. Liberarla de un hombre  que a ella le produce disgusto y mantenerla luego de divorciada, con una pensión suficiente para que ella viva con dignidad. Maimónides (Córdoba, España, 1135 – Fustat, Egipto, 1204), agrega: Los maridos deben honrar a sus esposas más que a sí mismos, y tratarlas con tierna consideración.Cuentan de un matrimonio que no tenía hijos por problemas físicos de la señora, y la familia del marido insistió para que se divorciaran y él pudiera tener hijos con una segunda esposa. Ellos decidieron divorciarse y se despidieron durante la cena. Ella se volvería a casa de sus padres a la mañana siguiente, para dejarlo libre a él. Antes de irse a dormir, él dijo a ella:-Puedes llevarte a casa de tus padres lo que más te guste de esta casa.A la mañana siguiente, él despertó en la casa de sus suegros. Su mujer estaba a su lado.- Lo que más me gusta de tu casa eres tú, le dijo ella. Por eso te di abundante vino durante la cena y cuando te dormiste, ordené a los sirvientes que te trajeran.No hubo divorcio. El cuento tiene final feliz: marido y mujer rezaron, el Señor escuchó sus ruegos y la esposa dio a luz un varón.¿Han cambiado las cosas en los tiempos modernos?El medio ambiente de violencia ha influido en todo el mundo. En Israel, como en Uruguay, como en la gran mayoría de los países occidentales, hay centros de ayuda para las mujeres golpeadas, porque a pesar de que las leyes occidentales lo prohíben, hay maridos que pegan a sus esposas. ¿Qué dice la ley hebrea en un caso así? La ley es clara y no ha cambiado: el marido debe darle el divorcio y mantener a su mujer desde el momento en que ella se fue de la casa por malos tratos, mientras ella viva y no se vuelva a casar.Hay una situación en la Ley Hebrea, que significa violencia sicológica sobre la esposa. Es el problema de la mujer «agunah»(anclada, o abandonada), no es viuda porque no hay comprobación de que el marido haya muerto y no es divorciada porque el hombre en cuestión no puede o no quiere consentir el divorcio.¿Cuándo no puede? Cuando el hombre no tiene uso de sus facultades mentales, o cuando no está y no se sabe si vive o ha muerto.Cuando una persona desaparece, la ley civil uruguaya como la italiana, la francesa y la argentina, reglamenta la ausencia declarando que el ausente “no está vivo ni está muerto” y establece plazos legales para declarar al desaparecido, legalmente «ausente». Además, cuando han pasado 80 años desde que la persona ausente nació, se presume que está muerta. En nuestro régimen legal, declarada judicialmente la ausencia de una persona, se tramita su sucesión como si hubiera fallecido y su cónyuge queda legalmente viudo o viuda. Como tal, puede volver a casarse.La ley judía es distinta y esto tiene que ver con el gran valor de la vida en la Ley hebrea. Todos los mandamientos se han dado para vivir, a tal punto, que “pikuaj nefesh”, (para salvar la vida), casi todos los mandamientos se pueden dejar de lado. La Ley hebrea tiene tal respeto por la vida, que al ausente siempre se lo considera vivo, mientras no se compruebe con testigos, que ha muerto. Aunque en este caso el testigo sea uno solo y aunque ese testigo sea una mujer (5). Y esto es así, de acuerdo al Talmud, (6) aunque hayan pasado más de 120 desde que nació, porque hay algunas personas que viven más de 120 años.El matrimonio hebreo es consensual, el divorcio por la Ley hebrea también requiere de la libre voluntad de ambos. Algunas legislaciones aceptan el divorcio por sola voluntad de uno solo de los cónyuges, en los tribunales civiles occidentales eso es posible, porque la sentencia del juez es la que decreta el divorcio, pero la ley hebrea es distinta. El tribunal rabínico y testigos lo que hacen es dejar constancia del consentimiento para divorciarse, dado por marido y mujer.La situación de la agunah es un tema espinoso y lleva al detalle minucioso, que queda fuera de la intención de esta nota. Varias organizaciones no gubernamentales levantan su voz desde hace años, para terminar con esa situación de  violencia sicológica hacia la mujer que la tiene que soportar. Digamos aquí solamente, que para unas pocas situaciones de mujer abandonada se ha encontrado solución, ya sea por la vía rabínica o por la ley civil del país: el supremo rabinato sefaradí (7) de Israel, acepta en determinadas circunstancias, la anulación del matrimonio. (El rabinato ashkenazi no acepta anular matrimonios) (8). En países como Sudáfrica se ha encontrado una salida al problema por la ley civil, que cubre algunas de las situaciones.¿Qué pasa si los cónyuges están presentes y alguno de ellos no puede consentir el divorcio porque está mentalmente incapaz? No hay divorcio, sin excepciones. La pareja se mantiene casada hasta que alguno de los dos se quede viudo.¿Si alguno de los cónyuges no quiere dar su consentimiento?, los tribunales rabínicos podrán tratar de convencerlo, pero el divorcio por coacción, por ejemplo con un revólver apuntándole, no es válido.El consentimiento de la mujer para el divorcio, no era necesario en la ley bíblica. En el Talmud, jurisprudencia hebrea compilada en Babilonia en el siglo VI, el marido le podía llevar la carta de divorcio a su mujer, dejárselo en la mesa o ponérselo en su regazo o incluso tirárselo en el suelo frente a ella, y habiendo presencia de testigos hábiles en ese acto, quedaban divorciados. En el mundo occidental, desde la Edad Media, desde la takaná (decisión de jurisprudencia hebrea) de rabí Gerson de Maguncia en el siglo X, la mujer no puede ser divorciada en contra de su voluntad.Hay una excepción. Si él prueba al tribunal rabínico  con testigos, que ella está cometiendo adulterio, ella no se puede oponer al divorcio hebreo. ¿Y si el adúltero es el marido? La situación es diferente. Los rabinos podrán aconsejarle a él que deje libre a su mujer, pero nada más.¿Qué sucede en casos de guerras y desaparecidos? La prohibición de poligamia, por no ser bíblica, sino jurisprudencia rabínica, puede ser levantada con el voto conforme de cien rabinos. Ese permiso se logró en el siglo XX cuando terminó la Segunda Guerra Mundial, firmaron cien rabinos y fue así que los hombres con esposas desaparecidas en la guerra pudieron volver a casarse bajo la ley hebrea. Las mujeres cuyo marido era desaparecido, no. Ellas quedaron «agunot». Pudieron casarse de acuerdo a leyes civiles, pero no, en matrimonio religioso judío.¿Qué pasa en Israel? Allí no hay matrimonio ni divorcio civil. Matrimonios, divorcios y cuestiones de familia, son materia de los tribunales de cada religión. Si la esposa judía se queja ante el tribunal rabínico de que el marido le pega o anda con otras mujeres, el tribunal le puede ordenar al marido pagar el mantenimiento a su mujer mientras ella vive separada y le puede insistir que otorgue divorcio a su esposa. Pero no pueden obligarlo a divorciarse. La solución que ellos han tomado en algunos casos, es mandar a ese marido a la cárcel, no como castigo, sino para proveer al marido de un tiempo alejado de su trabajo y sus obligaciones, que le permita meditar sobre el asunto. En los demás países del mundo, un tribunal rabínico no puede mandar a un hombre a la cárcel «a meditar». Aunque en algunos casos, no sería mala idea.1 El Talmud es la compilación de la jurisprudencia hebrea realizada en el siglo VI e.c. Reparte los temas en 63 Tratados. Esta cita es del Ttratado Bava Metsia (Daños civiles), folio 59ª.2 Génesis, 1: 16.3 Génesis 31:50.4 Tratado Eruvin (límites permitidos durante el Shabat (Sábado). folio 100 b.5 La mujer es aceptada como testigo en la ley hebrea sólo en cuestiones íntimas femeninas y en el caso excepcional de dar testimonio de la muerte de un marido, para poder declarar viuda a su esposa.6 Talmud, Tratado Gitin, (divorcios) folio 28a,7 Sefaradí: judío de España y la cuenca del Mediterráneo.8 Ashkenazi: judío de Europa Central y Occidental.*Esc. Esther Mostovich de Cukierman. Desde el año 2001, es Profesor y Coordinador del curso “Talmud y Derecho” en el Centro de Postgrados de Facultad de Derecho, Universidad de la República, Uruguay. Se han publicado ya dos libros sobre esas clases, “Talmud y Derecho” y “Talmud y Derecho, Tomo II”. Editorial  Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, 2006 y 2009.