Las sociedades que valoran la libertad y la igualdad no pueden permitirse reproducir, aunque sea de forma indirecta, los mecanismos que históricamente han sustentado la exclusión y la persecución del judío. Cambian los términos, pero las consecuencias pueden ser similares.
Jesús, judío de Judea, nace, vive y muere como judío. Es ejecutado por el Imperio romano. Algunos judíos creyeron en su carácter divino; otros no. Con el tiempo, seguidores no judíos adoptaron su mensaje y, lejos de confrontar al poder que lo había crucificado, terminaron integrándose en él.
Así se produjo una transformación decisiva: el cristianismo se convirtió en religión imperial y, en ese proceso, surgió la acusación de deicidio como imputación colectiva contra el pueblo judío. Durante siglos, esa idea operó como uno de los principales fundamentos del antisemitismo en Occidente, hasta su rechazo formal en 1965 por el Concilio Vaticano II.
Las sociedades modernas, fundadas sobre principios de libertad e igualdad, han consolidado derechos que hoy se consideran básicos: libertad de pensamiento, de expresión, de credo y de orientación. Sin embargo, en ese mismo entramado que presume haber superado las formas más primitivas de discriminación, reaparecen —bajo nuevos lenguajes— antiguos mecanismos de acusación.
El fenómeno no es superficial. Cambian los términos, pero persiste la lógica. Allí donde antes se hablaba de deicidio, hoy emerge el uso del término genocidio como acusación reiterada contra el Estado de Israel. No se trata de negar la posibilidad de críticas ni de excluir la existencia de conflictos o incluso de eventuales crímenes de guerra. Se trata de observar un patrón: la aplicación selectiva, sistemática y maximalista del crimen absoluto.
El deicidio no fue simplemente un error teológico. Funcionó como un dispositivo de poder que convirtió un hecho puntual en una culpa colectiva hereditaria. El judío pasó a ser definido no por sus actos, sino por una identidad asociada a un crimen absoluto. A partir de allí, la violencia contra ese colectivo dejó de percibirse como tal para transformarse en castigo, corrección o defensa moral.
Ese mecanismo atraviesa episodios históricos diversos: desde las Cruzadas hasta la Inquisición, desde las acusaciones durante la Peste Negra hasta los pogromos y, finalmente, el Holocausto. Cada uno tuvo su contexto, pero todos compartieron una misma matriz: la construcción del judío como culpable esencial.
La modernidad no eliminó ese esquema; lo reformuló. Tras la Shoá, la acusación abierta contra los judíos se volvió inaceptable en el discurso público occidental. Sin embargo, la necesidad de identificar un mal absoluto no desapareció. Se trasladó del plano teológico al jurídico. Donde antes se hablaba de deicidio, hoy se recurre al concepto de genocidio.
El punto central no es la inmunidad frente al escrutinio, sino la asimetría en la aplicación del juicio moral y jurídico. La acusación aparece con rapidez, intensidad y alcance global; la refutación, en cambio, es técnica, tardía y de menor impacto. Lo que permanece no es la evidencia, sino la etiqueta.
El genocidio es, en el derecho internacional, el crimen más grave. Su definición exige la intención específica de destruir a un grupo como tal. No basta la existencia de guerra ni el elevado número de víctimas. Sin embargo, ese estándar parece diluirse cuando el acusado es Israel.
El punto central no es la inmunidad frente al escrutinio, sino la asimetría en la aplicación del juicio moral y jurídico. La acusación aparece con rapidez, intensidad y alcance global; la refutación, en cambio, es técnica, tardía y de menor impacto. Lo que permanece no es la evidencia, sino la etiqueta.
El llamado caso Goldstone ilustra este mecanismo. En 2009, un informe impulsado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU acusó a Israel de graves violaciones durante una operación en Gaza el año anterior. La repercusión fue inmediata. Años después, el propio Richard Goldstone reconoció errores sustanciales en las conclusiones iniciales. Sin embargo, esa rectificación tuvo escasa difusión. La acusación ya había cumplido su función: instalar la idea de Israel como sospechoso del peor crimen posible. Como se hacía con el judaísmo en los debates teológicos de la Edad Media para ratificar la supremacía del catolicismo.
Este patrón se repite con frecuencia. Actores que declaran abiertamente su intención de eliminar a Israel no son objeto de una condena proporcional o sostenida. Tras ataques contra población civil israelí, la atención internacional se desplaza rápidamente hacia la respuesta militar del Estado. Es entonces cuando se activa el dispositivo: la defensa se interpreta como prueba de culpabilidad, y la asimetría militar se traduce en condena moral.
En ese contexto, el término genocidio no opera como conclusión jurídica, sino como imputación identitaria. Su eficacia no depende de su demostración, sino de su enunciación. Una vez pronunciado, redefine el marco del debate y convierte al acusado en encarnación del mal absoluto contemporáneo.
Este fenómeno no se limita a la diplomacia internacional. Se reproduce también en espacios académicos y culturales donde el debate debería regirse por criterios críticos. En estos ámbitos, el derecho internacional se aplica de manera selectiva, el contexto se omite y la discusión se clausura mediante la deslegitimación del interlocutor.
Antes, la exclusión se formulaba en términos explícitos: «No importa lo que diga, es judío». Hoy adopta formas adaptadas al lenguaje contemporáneo: «No puede hablar porque es genocida». La estructura es la misma. La acusación no busca comprender ni corregir, sino invalidar.
La historia demuestra que estos mecanismos no permanecen en el plano simbólico. Las palabras preceden a los hechos. Lo que comienza como discurso puede derivar en prácticas sociales, políticas y, eventualmente, en violencia.
La adhesión acrítica a ciertos actores o narrativas en contextos internacionales no responde necesariamente a un análisis profundo de los hechos, sino a la persistencia de un sustrato cultural más antiguo. La figura del deicida no desaparece: se transforma en la del genocida.
Este fenómeno no implica una negación de los conflictos reales ni de las responsabilidades concretas. Implica advertir sobre un patrón que trasciende los hechos puntuales y que tiende a convertir un conflicto específico en una imputación esencial y hereditaria.
La historia del antisemitismo muestra cómo estas construcciones simbólicas han operado durante siglos. Su persistencia bajo nuevas formas obliga a un análisis atento y crítico. No se trata de aceptar acríticamente una narrativa ni de rechazar otra, sino de identificar cuándo el lenguaje deja de describir la realidad para empezar a construirla.
Las sociedades que valoran la libertad y la igualdad no pueden permitirse reproducir, aunque sea de forma indirecta, los mecanismos que históricamente han sustentado la exclusión y la persecución. Cambian los términos, pero las consecuencias pueden ser similares.
No hay lugar para la ingenuidad. Los dispositivos de acusación colectiva, cuando se consolidan, no permanecen en el plano teórico. O se los reconoce y se los cuestiona, o terminan imponiéndose con efectos que la historia ya ha mostrado con claridad